IMPUESTO SOLIDARIO: Medida para hacer frente a la crisis de la pandemia.
- Cafta Grupo Estudiantil
- 6 may 2020
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Esta pauta se implementó con la intención de recaudar recursos para asistir el estado de emergencia económica y ecológica de conformidad con el Decreto 417 de 2020 en el que se encuentra sumergido el país debido al Covid-19 y fue expedida bajo el decreto 568.
Este impuesto se implementa de acuerdo con las consideraciones de orden económico del Decreto 417 del 17 de marzo de 2020, en donde se "[ ... ] evidencia que el sistema de salud colombiano no se encuentra físicamente preparado para atender una emergencia de salud, requiere ser fortalecido de manera inmediata para atender un evento sorpresivo de las magnitudes que la pandemia ha alcanzado ya en países como China, Italia, España, Alemania, Francia e Irán, entre otros, los cuales presentan actualmente una tasa promedio de contagio de 0,026% de su población total (esta tasa de contagio sería equivalente a 13.097 casos en el país), en consecuencia y por estas razones el sistema requiere un apoyo fiscal urgente." Bajo esta premisa nace el impuesto solidario, como una respuesta para satisfacer el apoyo fiscal urgente que se manifiesta en el decreto previamente mencionado.
El impuesto solidario hace referencia a un impuesto que es de cumplimiento obligatorio para todas aquellas personas que laboran en el sector público y reciben ingresos mayores a los $10.000.000.
El artículo 123 de la Constitución Política explica quienes son los servidores públicos, "son los miembros de las corporaciones públicas los empleados y trabajadores del Estado y de sus entidades descentralizadas territorialmente y por servicios"
“Este es un impuesto por tres meses, que es obligatorio para todas las personas que trabajamos en el sector público y ganamos más de $10 millones. Para aquellas personas que tienen un rango salarial entre $10 millones y $15 millones hay una tarifa menor, y los que estamos por encima de $15 millones, una tarifa mayor”, dijo el Presidente de la República en entrevista con Radio Magdalena.
Cabe resaltar que este impuesto cumple con el principio de progresividad, pues tiene en cuenta la capacidad económica de los contribuyentes de mayores ingresos de las Entidades del Estado, personas naturales vinculadas mediante contrato prestación servicios profesionales y de apoyo a la gestión a las Entidades del Estado, y pensionados mayores ingresos.
De acuerdo a la cantidad de salario que reciben los funcionarios, los porcentajes de aporte son los siguientes:
Entre 10 y 12.5 millones: 15%
Entre 12.5 y 15 millones: 16%
Entre 15 y 20 millones: 17%
Más de 20 millones: 20%
Además, este impuesto también deberá ser pagado por los mega pensionados de más de 10 millones durante tres meses, a partir del 1 de mayo, para contribuir a este ingreso solidario.
El decreto en cuestión implica que de 1,2 millones de servidores públicos en el país, el impuesto sólo le corresponderá al 2% de la población laboral, esto es que el tributo a porte lo deben pagar 21.000 empleados públicos aproximadamente.
Debido a que los servidores públicos con ingresos menores de 10 millones querían colaborar, se habilitó esa posibilidad, solo lo harán las personas que así lo deseen, es un aporte mensual solidario voluntario, en el cual dependiendo del rango de ingresos podrán donar el 4%, 6% hasta el 11% de su sueldo mensual; la persona que voluntariamente quiera hacerlo deberá informar por medio de un escrito durante los cinco primeros días del mes al pagador de la entidad.
Esta medida se está aplicando desde el 1 de mayo y estará hasta el 1 de julio. Cabe resaltar que El talento humano en salud y a la fuerza pública no se aplicará a este impuesto. Además, el dinero recaudado por la DIAN, se dirigirán al Fondo de Mitigación de Emergencias (FOME), será destinado para las personas de clase media más vulnerable y a los vendedores ambulantes, debido a que ellos en estos momentos no cuentan con ingresos al no poder salir a laborar como era de costumbre.
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