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Problemas de la revisoría fiscal en Colombia

Es de saber que, desde 1935 en el país se estableció la obligación para las sociedades anónimas de tener un contador independiente que examinara todas las operaciones, verificara las cuentas, avalara con su firma los balances y se cerciorara de que los negocios se realizaran conforme a la ley. Esta profesión, es decir la contaduría pública, tiene como opción desarrollarse en el área de la revisoría luego de haber adquirir los conocimientos necesarios.

La revisoría fiscal en Colombia representa el máximo exponente del control y la fiscalización sobre las sociedades empresariales en el país y se encarga, entre otras cosas, de evaluar y vigilar todos los procesos que dan a lugar en el entorno de las empresas, cerciorándose de que cada procedimiento se realiza acorde a los estatutos de la organización y a las normas legales establecidas, encargándose de dar veracidad de los movimientos y transacciones de una entidad junto con el contador público y el auditor interno asegurándose de dar fe pública ante los entes económicos establecidos por la ley.


Dada la naturaleza de la labor de los revisores fiscales, estos deben poseer una serie de principios que permitan que los resultados de sus auditorías sean objetivos, promulguen la verdad y den constancia de la transparencia de las operaciones. Estos lineamientos enmarcan la independencia, la competencia y diligencia profesional, la objetividad, la fe pública, el juicio profesional, entre otros.


A partir de lo dicho anteriormente, es entonces necesario apuntar a que el ejercicio de la revisoría fiscal representa para los profesionales de la contabilidad un trabajo arduo y exigente, donde se deben respetar también las fechas de presentación de información y donde además se deben cumplir un sinnúmero de requisitos ya que es de notar que el revisor fiscal desempeña un papel fundamental para el estado. Desde este enfoque, si una entidad comete una irregularidad el revisor fiscal es el encargado de dar a conocer las anomalías que se están presentando en dicha empresa e implementar organismos de control y vigilancia adecuadamente. Es por esto que es cada vez más común que se presenten una serie de problemas, que en ocasiones transgreden y colocan en tela de juicio la profesión del revisor.



Ahora bien, para ahondar en los problemas que actualmente atañen a la revisoría fiscal en Colombia, es necesario comenzar por el hecho de que el principio de independencia, el cual indica que no debe existir subordinación por parte de la administración de las empresas (Juntas y asambleas de socios), se ve tergiversado por el hecho de que la Junta Directiva, como máximo órgano de administración dentro de las entidades, es quien se encarga de la contratación y remuneración de los profesionales que ejercen como revisores fiscales de forma particular o por medio de personas jurídicas (firmas contables). A causa de lo anterior, en mucha ocasiones el Revisor Fiscal pierde su independencia y deja de cumplir su papel de auditor y fiscalizador, para convertirse en una especie de asesor administrativo, que aconseja a su contratante y que termina por ser el decisor dentro de distintas operaciones, proyectos, áreas o transacciones que tengan lugar en la entidad. Lo anterior por supuesto atenta en contra del principio de Independencia y Objetividad que vienen a ser los pilares del juicio del profesional.


Por otro lado, y retomando lo expresado al inicio de este texto, la responsabilidad de la Revisoría Fiscal implica una auditoría integral, donde la entidad auditada debe verse como un todo, sin dejar de lado ninguna operación. Esto es sin lugar a dudas un reto para el Revisor, ya que debe involucrarse en cada parte o etapa de los procedimientos, áreas y decisiones que se presenten en la entidad y muchas veces no sucede así. Hoy en día, se puede presentar que quienes ejerzan la revisoría fiscal en Colombia la implementen de manera inadecuada ya que no controlan ni analizan de forma conveniente a las empresas que auditan, dejándolas de ver como un todo y al tener acceso a la información de la contabilidad de las compañías puede suceder que estos busquen cometer fraude o tergiversar la opinión de los estados financieros en beneficio propio o de la empresa. Como consecuencia de esto, en muchas ocasiones un sinnúmero de procesos queda por fuera de la evaluación del revisor, quien tiene además la obligación de presentar la información en una fecha estipulada ante la administración y las autoridades correspondientes. Esta falencia, le impide al profesional, por ejemplo, inmiscuirse en materias importantes como la correcta tributación, la eficiencia de los controles, entre otros.


Debido a los problemas ahondados anteriormente, el país se encuentra en un declive de Transparencia ya que desafortunadamente, según el índice de Transparencia Internacional, Colombia pasó del puesto 55 en 2005 al 90 en 2017 y al puesto 96 en 2018. Por lo que nos preguntamos ¿A qué se debe este comportamiento? Para nosotros, esta situación ha sido generada por la falta de ética profesional en los contadores públicos que ejercen la profesión de revisor fiscal, que hoy en día está en el ojo del huracán por cuenta de recientes escándalos empresariales como los de Interbolsa, Reficar, Estraval y más recientemente Odebrecht. Esta problemática es el resultado de la corrupción proveniente de los encargados de la información financiera de estas empresas, quienes han realizado actividades ilícitas como lavado de activos, alteración de la información y colusión por ocultar la verdadera situación económica y financiera en la que se encontraban las empresas mencionadas anteriormente. Siendo el revisor un cómplice más al darse cuenta de las anomalías y dar una opinión fraudulenta.


El revisor fiscal dejó de ser ese auditor interno permanente que rinde cuentas al Estado y a los organismos de control pertinentes y se convirtió en un asesor del administrador que decide sobre la operación de la compañía respecto de contratos, contabilidad e impuestos, entre otros asuntos. Esto desdibuja por completo su razón de ser, pues siendo quien aconsejó las decisiones de la administración, tendrá pocos incentivos para informar íntegramente y no contará con la independencia y la objetividad necesaria para dar una opinión al máximo órgano social, a la comunidad y al Estado respecto del actuar de la compañía, así que no vela por los intereses que legalmente le fueron encomendados.

 
 
 

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